Home
AJUDES CURS 2009 / 2010 PDF Imprimir Correu

AYUDAS PARA IMPULSAR EL INICIO DE ENSEÑANZAS MUSICALES EN ESTA ESCUELA, PARA AQUELLOS ALUMNOS QUE PRACTIQUEN LOS CONOCIMIENTOS ADQUIRIDOS, EN BANDAS DE MÚSICA COMARCALES.

 

Descripción:

 

La ESCOLA DE MÚSICA DISTRICTE MARÍTIM GRAU DE GANDIA, establece para quienes quieran iniciar-se en la educación musical en su grado elemental y medio, unas ayudas durante el curso académico de cada año en función de las evaluaciones obtenidas.

 

Para acceder a dichas ayudas, el alumno tendrá en principio, la voluntad de pertenecer a una Asociación Musical y en los años sucesivos, realizar las actividades que corresponde a los músicos de la Banda a la que se inscriba, donde podrá valorar la interpretación, la practica y el respeto a las normas que exige toda actuación en grupo, como un proceso de aprendizaje imprescindible para el futuro ejercicio profesional.

 

Así mismo, se constituye una dotación económica para estos alumnos, que continuando los estudios de grado profesional no pudiesen alcanzar las becas estatales al respecto, si cumplen los requisitos que se establecen en cada ejercicio.

 

REQUISITOS:

 

Primero: Las ayudas se basaran en las evaluaciones trimestrales que obtengan los alumnos que las hayan solicitado, de las asignaturas y cursos que se especifican seguidamente y en los que se deberá alcanzar en cada una de ellas una nota mínima de suficiente:

 

Grado Elemental, cursos 1º y 2º:

a) Lenguaje Musical: b) Instrumento Individual; c) Coro

 

Grado Elemental, cursos 3º y 4º;

a) Lenguaje Musical; b) Instrumento Individual; Coro; d) Conjunto.

 

Grado Medio, cursos: 1º y 2º:

a) Instrumento Individual; b) Orquesta/banda/conjunto.

 

Grado Medio, cursos: 3º, 4º, 5º y 6º:

a) Instrumento Individual; b) Orquesta/banda/conjunto. c) Música de cámara.

 

Segundo: El instrumento individual se limita a aquellos que se consideran propios de una Banda de Música y que se concretara por parte del solicitante en el momento de hacer la correspondiente solicitud; por consiguiente, los estudios reglados de instrumentos distintos distintos a los indicados, no son susceptibles de las ayudas que se describen en este documento.

 

 

Tercero: El importe que constituye la ayuda, será el resultante de aplicar al montante del recibo trimestral pagado por el alumno, el porcentaje resultante que le corresponda en función de la nota media obtenida en la evaluación del mismo periodo trimestral, según curso y las asignaturas especificadas en el apartado primero, de acuerdo con lo siguiente:

 

Porcentaje de ayudas sobre el importa del recibo trimestral pagado, según nota obtenida:

 

Suficiente:………………………………………………..  Diez – 10%

Bien:………………………………………………….….. Veinte – 20%

Notable:…………………………………………………. Cuarenta – 40%

Sobresaliente:……………………………..……..……… Cincuenta – 50%

 

Las cantidades de ayuda resultantes según estos porcentajes, una vez calculadas, seràn satisfechas al alumno por trimestres vencidos, mediante transferencia a la misma cuenta que haya domiciliado los recibos que deberá ser preferentemente en la entidad BANCAJA.

La correspondiente al último  trimestre, tendrá como base de cálculo, las notas finales obtenidas y serán abonadas por la Escuela en el primer trimestre del curso siguiente, por tanto, aquel alumno que sin causa mayor justificada no continúe sus estudios en la escuela, la perderá.

 

Cuarto: El alumno de grado medio deberá cursar la beca estatal correspondiente y solo en caso de denegación de la misma, se podrá solicitar la ayuda de la Escuela presentando la notificación relativa a los motivos de tal denegación. Si no se solicitó beca estatal u otra de características similares, no se tendrá acceso a la presente ayuda.

 

Presentada la solicitud junto a la documentación correspondiente, la comisión de seguimiento creada, la analizará, asó como las circunstancias que hayan concurrido para tal denegación dictaminando si procede su inclusión en este programa de ayudas. La decisión tomada por la comisión, es inapelable. Excepcionalmente se podrán contemplar solicitudes de ayuda que no hayan podido cursar la beca estatal.

 

DOCUMENTACIÓN:

 

Los solicitantes habrán de presentar la siguiente documentación:

 

  • Solicitud cumplimentada de la ayuda según modelo de la Escuela en el momento de la matriculación para el curso correspondiente. En los estudios profesionales, dicha solicitud se completará posteriormente, con la resolución de la beca estatal solicitada.

 

  • Fotocopia del DNI del solicitante y el tutor o apoderado autorizando expresamente al órgano gestor de la ayuda para que pueda recabar las comprobaciones sibre la solicitud presentada que considere, respetando la ley de protección de datos

 

  • A partir del tercer curso de grado elemental y sucesivo. Carné de estar federado en una Banda de Música, y/o declaración de pertenencia a una Asociación Musical y compromiso de asistencia a los ensayos, conciertos y actividades de la Banda.

 

  • Si procede: En caso de que la sanción en la denegación de beca estatal lo sea por motivos de renta, si se considera por parte del solicitante oportuno, podrá aportar en la solicitud aclaraciones al respecto que crea conveniente.

 

 

CLÁUSULA TRANSITORIA Y FINAL:

 

En atención a las relaciones que se mantienen con la Asociación Musical del Grao de Gandia, los alumnos que pertenezcan a la misma, verán incrementada la ayuda que les corresponda de acuerdo con los puntos anteriores en un diez por ciento.

 

Se crea una comisión de seguimiento, interpretación y desarrollo de este documento y si fuera necesario, el aclararlo mediante explicación escrita para su mejor aplicación, la cual está formada por: Dos miembros de la Junta Directiva de la Asociación Escola de Música D.M. Grau de Gandia, la Directora y el jefe de Estudios del Centro Profesional.

 

 

 

 

 

 

 

Festival de Guitarra

Pagina nueva 1

Pròximes Actuacions

Pagina nueva 1



Empreses Col·laboradores

Pagina nueva 1